
El Sur con nuevo parque recreativo
Entregamos la construcción de la primera etapa del parque recreativo del barrio 14 de Octubre, un espacio que transforma no solo a quienes allí habitan, sino una obra que da servicio a los moradores...

Anfitriones del 5to. Ranking Nacional de Patinaje de Menores.
En el marco de las festividades por los 46 años de cantonización de Lago Agrio, se desarrolló el 5to. Ranking Nacional de Patinaje de Menores, que contó con delegaciones de 18 clubes de distintas...

Sexta Válida Nacional Automovilística.
El automovilismo trajo a 35 pilotos de todo el país, provenientes de Tulcán, Santo Domingo, Azogues, Machala, Nabón, Quito, Guayaquil, Cuenca e Ibarra, generando la visita de más de 400 personas al...
Con fecha 14 de noviembre del 2024, fue sancionada la ordenanza que controla, regula, prohíbe y sanciona la utilización de fuegos artificiales en el cantón Lago Agrio.
La actual administración municipal, acogiendo el pedido de colectivos defensores de los animales y mascotas, elaboró el documento legal que prohíbe el uso de estos artefactos explosivos y sonoros, por considerarse un riesgo para la salud pública y el bienestar de mascotas y sauna animal.
Entre los productos vetados por la ordenanza están: camaretas, truenos, sartas, silvadores, voladores, diablillos, castillos sonoros, petardos, sonajeros y otros similares.
Por otro lado la normativa cantonal, si permite es el uso de pirotecnia frío o luminosa, previo la presentación de un plan de contingencia y sea utilizado en eventos conmemorativos, cívicas o patronales.
Según el Art. 14 de esta ley cantonal, se catalogan las infracciones de leves, graves y muy graves, cuyas multas van desde el 50% al 200% de un Salario Básico Unificado vigente.
El control y la sanción es dentro del cantón Lago Agrio y su aplicabilidad se realizará a todas personas, sean nacionales o extranjeras.