En San Francisco 1: Puente para el desarrollo.
Nos reunimos con la comunidad de San Francisco 1, en la parroquia 10 de Agosto, para en territorio verificar el lugar exacto donde construiremos el puente de 45 metros de longitud, sobre el...

Más asfalto para Santa Cecilia.
Llegamos a la parroquia más antigua del cantón para socializar un nuevo proyecto de asfaltados que comprende las calles Chimborazo y Guayaquil, un pavimento flexible de 8.9 en una extensión...

Regeneración centro de Nueva Loja.
Seguimos transformando la ciudad con proyectos positivos. Nos reunimos con dirigentes de los sectores del comercio, transporte y de servicios, para socializar el Mejoramiento Integral de la...
Con fecha 14 de noviembre del 2024, fue sancionada la ordenanza que controla, regula, prohíbe y sanciona la utilización de fuegos artificiales en el cantón Lago Agrio.
La actual administración municipal, acogiendo el pedido de colectivos defensores de los animales y mascotas, elaboró el documento legal que prohíbe el uso de estos artefactos explosivos y sonoros, por considerarse un riesgo para la salud pública y el bienestar de mascotas y sauna animal.
Entre los productos vetados por la ordenanza están: camaretas, truenos, sartas, silvadores, voladores, diablillos, castillos sonoros, petardos, sonajeros y otros similares.
Por otro lado la normativa cantonal, si permite es el uso de pirotecnia frío o luminosa, previo la presentación de un plan de contingencia y sea utilizado en eventos conmemorativos, cívicas o patronales.
Según el Art. 14 de esta ley cantonal, se catalogan las infracciones de leves, graves y muy graves, cuyas multas van desde el 50% al 200% de un Salario Básico Unificado vigente.
El control y la sanción es dentro del cantón Lago Agrio y su aplicabilidad se realizará a todas personas, sean nacionales o extranjeras.