
EL ENO SE EMBELLECE CON ACERAS DE ADOQUÍN ORNAMENTAL
Aceras y bordillos en el Barrio 12 de Octubre

MEJORAMOS LA CALIDAD DEL AGUA POTABLE EN JAMBELÍ
Ampliación del sistema de agua potable para la Comuna 5 de Agosto de la Parroquia Jambelí

TRES AULAS NUEVAS PARA LA ESCUELA DE EDUCACIÓN BÁSICA LAGO AGRIO
Trabajar por la niñez y la educación es un acto que se ve reflejado en el futuro de los pueblos, por ello el Alcalde, Abraham Freire Paz invierte en ese futuro para nuestro cantón. Hasta ahora son...
Con fecha 14 de noviembre del 2024, fue sancionada la ordenanza que controla, regula, prohíbe y sanciona la utilización de fuegos artificiales en el cantón Lago Agrio.
La actual administración municipal, acogiendo el pedido de colectivos defensores de los animales y mascotas, elaboró el documento legal que prohíbe el uso de estos artefactos explosivos y sonoros, por considerarse un riesgo para la salud pública y el bienestar de mascotas y sauna animal.
Entre los productos vetados por la ordenanza están: camaretas, truenos, sartas, silvadores, voladores, diablillos, castillos sonoros, petardos, sonajeros y otros similares.
Por otro lado la normativa cantonal, si permite es el uso de pirotecnia frío o luminosa, previo la presentación de un plan de contingencia y sea utilizado en eventos conmemorativos, cívicas o patronales.
Según el Art. 14 de esta ley cantonal, se catalogan las infracciones de leves, graves y muy graves, cuyas multas van desde el 50% al 200% de un Salario Básico Unificado vigente.
El control y la sanción es dentro del cantón Lago Agrio y su aplicabilidad se realizará a todas personas, sean nacionales o extranjeras.