
A través del SECAP capacitamos a población en El Eno.
En un recorrido por la parroquia El Eno, visitamos la Unidad Educativa Sebastián de Benalcázar, donde se capacitan jóvenes y adultos en los cursos dictados por el SECAP. Allí, estudiantes del...

Arrancan los cursos con el SECAP.
Damos inicio a nuevos cursos con el aval del Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional, SECAP, sumando más oportunidades para nuestra gente, este 5 de abril inician los primeros 260 becados....

Batería sanitaria para estudiantes de zona rural.
La población educativa de la escuela unidocente “19 de Marzo” de la comunidad Nueva Juventud, de la parroquia El Eno, recibieron al Alcalde Abraham Freire Paz, quien llegó para entregarles...
Con fecha 14 de noviembre del 2024, fue sancionada la ordenanza que controla, regula, prohíbe y sanciona la utilización de fuegos artificiales en el cantón Lago Agrio.
La actual administración municipal, acogiendo el pedido de colectivos defensores de los animales y mascotas, elaboró el documento legal que prohíbe el uso de estos artefactos explosivos y sonoros, por considerarse un riesgo para la salud pública y el bienestar de mascotas y sauna animal.
Entre los productos vetados por la ordenanza están: camaretas, truenos, sartas, silvadores, voladores, diablillos, castillos sonoros, petardos, sonajeros y otros similares.
Por otro lado la normativa cantonal, si permite es el uso de pirotecnia frío o luminosa, previo la presentación de un plan de contingencia y sea utilizado en eventos conmemorativos, cívicas o patronales.
Según el Art. 14 de esta ley cantonal, se catalogan las infracciones de leves, graves y muy graves, cuyas multas van desde el 50% al 200% de un Salario Básico Unificado vigente.
El control y la sanción es dentro del cantón Lago Agrio y su aplicabilidad se realizará a todas personas, sean nacionales o extranjeras.