Resoluciones de Concejo

Año 2024

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 003-GADMLA-2024 del 08 enero 2024

ART. 1.- MODIFICAR la Resolución de Expropiación Nro. 003-GADMLA-2017, de fecha 05 de septiembre de 2017, que se refiere al predio signado con clave catastral Nro. 2101500290071 o anterior 9906303, de propiedad d realizar la rectificación de escriturael señor Klever Fernando Bravo Reátegui y pueda ……..
ART. 2.- NOTIFÍQUESE con la presente Resolución al Registro de la Propiedad del cantón Lago Agrio, y al Director de Planificación y Director de Avalúas y Catastros del GADMLA.
ART. 3.- NOTIFÍQUESE de igual manera con la presente Resolución al señor KLEVER FERNANDO BRAVO REATEGUI, para conocimiento y fines pertinentes; y, publiquese esta resolución en la página web institucional

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 004-GADMLA-2024 del 08 enero 2024

ART. 1.- MODIFICAR la Resolución de Expropiación Nro. 004-GADMLA-2017, de fecha 05 de septiembre de 2017, que se refiere al predio signado con clave catastral Nro. 2101500290070 o anterior 9906082, de propiedad del señor Klever Femando Bravo Reátegui y pueda realizar la rectificación de escritura ……..
ART. 2.- NOTIFÍQUESE con la presente Resolución al Registro de la Propiedad del cantón Lago Agrio, y al Director Planificación y Director de Avalúes y Catastros del GADMLA.
ART. 3.- NOTIFÍQUESE de igual manera con la presente Resolución al señor KLEVER FERNANDO BRAVO REATEGUI, para conocimiento y fines pertinentes; y, publíquese esta resolución en la página web institucional

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 001-GADMLA-2024 de 05-enero-2024

Aprobar el informe No. 20-CT-GADMLA-2023, de la Comisión de Terrenos, excepto el numeral 2

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 002-GADMLA-2024 de 12-enero-2024

Aprobar el informe Nro. 364-PSM-GADMLA-2023, y autorizar al señor Alcalde se proceda a la suscripción del comodato de la infraestructura del Mercado Provisional a favor de la Asociación de Comerciantes Sucumbíos Miscelánea

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 003-GADMLA-2024 de 12-enero-2024

Aprobar el Informe No. 386-PSM-2023, de Procuraduría Sindica

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 004-GADMLA-2024 de 12-enero-2024

Aprobar el Informe No. 463 de Procuraduría Sindica, sobre el criterio jurídico favorable respecto del contrato de comodato a favor de la Fundación Volver a Vivir “Cambiando Vidas”. Por consiguiente:……

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 005-GADMLA-2024 de 12-enero-2024

Aprobar parcialmente el Informe Nro. 465-GPSM-GADMLA-2023, de Procuraduría Sindica y se acoja la recomendación del referido informe en cuanto al numeral 5.3 que dice: “En respuesta a lo solicitado por el….

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 006-GADMLA-2024 de 12-enero-2024

Acoger el informe 466-PSM-GADMLA-2023 de Procuraduría Sindica. Por consiguiente:

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 007-GADMLA-2024 de 12-enero-2024

Aprobar el informe No. 028-PSM-GADMLA-2024 de Procuraduría Sindica; y, Aprobar en Primer Debate el Proyecto de Ordenanza de Remisión de Intereses, Multas y Recargos Derivados de Obligaciones Tributarias, No Tributarias y de Servicios Básicos, Administrados…..

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 008-GADMLA-2024 de 15-enero-2024

Aprobar el Informe No. 01-CLF-GADMLA-2024, de la Comisión de Legislación y Fiscalización, sobre Proyecto de Ordenanza Sustitutiva de las Ordenanzas Anteriores que Regula la Administración, Control y Recaudación del Impuesto de Patentes Municipales en el cantón Lago Agrio.

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 009-GADMLA-2024 de 15-enero-2024

Aprobar el Informe No. 02-CLF-GADMLA-2024, de la Comisión de Legislación y Fiscalización, sobre Aprobación en Segundo y Definitivo Debate del Proyecto de Reforma a la Ordenanza para el Cobro y Exoneración de las Contribuciones Especiales de Mejoras en el cantón Lago Agrio

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 010-GADMLA-2024 de 15-enero-2024

Aprobar el Informe No. 03-CLF-GADMLA-2024, de la Comisión de Legislación y Fiscalización. Por lo tanto: Aprobar en Segundo y Definitivo Debate el Proyecto de Ordenanza Sustitutiva a la Ordenanza de Constitución, Organización y Funcionamiento de la Farmacia «Solidaria Municipal” a cargo de la Unidad de Acción Social del Gobierno Municipalde Lago Agrio.

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 011-GADMLA-2024 de 26-enero-2024

Por Unanimidad: Aprobar el acta de la sesión Ordinaria de Concejo No. 10-O-GADMLA-ADM. 2023-2027, del 22 de diciembre de 2023.; Aprobar las actas de la sesiones Extraordinarias de Concejo No. 25-E-GADMLA-ADM. 2023-2027, del 27 de diciembre de 2023; No. 01-E-GADMLA-2024, del 05 de enero del 2024; No. 02-E-GADMLA-2024, del 12 de enero del 2024; No. 03-E-GADMLA-2024, del 15 de enero del 2024;

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 012-GADMLA-2024 de 26-enero-2024

Aprobar el Informe No. 02-CSPTMSC-GADMLA-2023, de la Comisión de Servicios Públicos, Transporte, Movilidad y Seguridad Ciudadana, sobre dejar sin efecto la Resolución de Concejo No, 046-GADMLA-2022; y …….

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 013-GADMLA-2024 de 26-enero-2024

Autorizar al señor Alcalde, para que administrativamente realice los trámites necesarios, de que se dé por terminado el Convenio de Comodato, suscrito el 24 de julio de 2019, entre el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lago Agrio y la Asociación de Personas con Discapacidad “Caminemos Juntos” de Sucumbíos

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 014-GADMLA-2024 de 26-enero-2024

Aprobar el informe No. 26-PSM-GADMLA-2024, de Procuraduría Sindica Municipal, únicamente en lo referente al numeral 3.1. de conclusiones del referido informe.

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 015-GADMLA-2024 de 26-enero-2024

Aprobar el informe Nro. 01-CT.2023-2027 de la Comisión de Terrenos, referente a la solicitud presentada por el Gobierno Parroquial de Santa Cecilia, y autorizar la Transfiera a título gratuito el área verde donde funciona el Coliseo del Recinto Jesús de Nazareth, a favor de la referida parroquia.

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 014-GADMLA-2024 del 01-febrero-2024

ART. 1.- Aprobar el proyecto denominado: «FORTALECIMIENTO DE LA CEREMONIA CULTURAL DE LA CHONTA Y GUAYUSA, LAGO AGRIO 2024
ART. 2.- Designar a la Ing. Dalia Cuero Preciado como responsable de la ejecución, evaluación, seguimiento, liquidación técnica y administración general del Proyecto: “FORTALECIMIENTO DE LA CEREMONIA CULTURAL DE LA CHONTA Y GUAYUSA, LAGO AGRIO 2024”
ART. 3.- La ejecución del Proyecto. » FORTALECIMIENTO DE LA CEREMONIA CULTURAL DE LA CHONTA Y GUAYUSA, LAGO AGRIO 2024”, se realizará en el año 2024, de conformidad al cronograma establecido en el mismo; tomando en cuenta los procedimientos establecidos en el Sistema Nacional de Contratación Pública
ART. 4.- Disponer que, en todo proceso, se cuente con los justificativos y documentos de soporte pertinentes, términos de referencia, estudio de mercado y más información considerada como relevante, para su publicación en el Sistema Nacional de Contratación Pública
ART. 5.- Disponer que, en los procesos que incluya la entrega de material para la ejecución del proyecto, deberá realizarse el respectivo ingreso a bodega previo el uso del mismo, en cumplimiento de las disposiciones legales previstas en el Reglamento General de Bienes del Sector Público
ART. 6.- En los casos de adquisiciones, se deberá contar con los documentos que avalen la experiencia y profesionalismo de los proveedores que presten estos servicios
ART. 7.- Los responsables del Proyecto deberán entregar los respectivos informes finales con los documentos de soporte, en el término de 10 días, contados a partir de la finalización del proyecto

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 018-GADMLA-2024 del 28-febrero-2024

RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA No. 106-2023, PARA LA ADQUISICIÓN DE INSUMOS QUÍMICOS POLICLORURO DE ALUMINIO, HIDRÓXIDO DE CALCIO PARA EL TRATAMIENTO DE LIXIVIADOS EN EL RELLENO SANITARIO

ART. 1.- Declarar la terminación unilateral del contrato N° 106-2023, suscrito el 18 de octubre de 2023, entre el GADMLA y la contratista señora Cindy Elizabeth Batallas González…….

ART. 2.- Declarar a la señora Cindy Elizabeth Batallas González, con RUC: Nro. 1721741682001, como CONTRATISTA INCUMPLIDO en atención a la terminación anticipada y unilateral del contrato No.- 106- 2023, con el código SIE-GADMLA-2023-042 ……

ART. 3.- Disponer a Secretaria General, solicitar al Servicio Nacional de Contratación Pública, SERCOP, proceda a suspender en el RUP , incluir y registrar en el Registro de Incumplidos a la señora Cindy Elizabeth Batallas González…….

ART. 4.- Disponer a Secretaria General, que se proceda a notificar en físico y digital, a través del correo Institucional y Quipux, el contenido de la presente Resolución de Terminación Unilateral……

ART. 5.- Disponer al Subdirector de la Tecnología de la Información y Comunicación, publique la presente Resolución en la página web de la Institución, de conformidad a lo previsto en el Art. 98 de la LOSNCP; y,

ART. 6.- Disponer a la Dirección Financiera para que conjuntamente con la administradora del contrato establezcan la liquidación técnica, financiera y contable, de plazos, avance físico, multas y demás información técnica……

ART. 7.- Una vez habiéndose cumplido con el proceso legal administrativo y no habiendo impedimento legal, y una vez declarada la terminación unilateral volver a contratar inmediatamente…..

ART. 8.- La presente Resolución de Terminación Unilateral entrará en vigencia a partir de la fecha de su expedición

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 021-GADMLA-2024 del 25-febrero-2024

RESCISIÓN DE CONVENIO DE COMODATO SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE LAGO AGRIO Y LA ASOCIACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD «CAMINEMOS JUNTOS» DE SUCUMBIOS.

PRIMERO.- PRIMERO: Acoger la Resolución de Concejo No. 013-GADMLA-2024, y declarar la terminación unilateral del Convenio de Comodato suscrito el 24 de junio de 2019, entre el GADMLA y la Asociación de Personas con Discapacidad «CAMINEMOS JUNTOS» de Sucumbíos, por no haber cumplido….

SEGUNDO.- Disponer que la Directora de Servicios Públicos Municipales, ejecute la presente resolución, tomando el control de los locales 70 y 71 del Centro Comercial Popular, en……

TERCERO.- Notificar, el contenido de la presente resolución a la señora Presidenta de la Asociación de Personas con Discapacidad «CAMINEMOS JUNTOS» de Sucumbíos.

CUARTO.- Publicar la presente Resolución en la página Web del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Lago Agrio

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 016-GADMLA-2024 de 01-febrero-2024

Aprobar el Informe No. 02-CT-GADMLA-2024, de la Comisión de Terrenos, sobre Trámites de Escrituración de Predios considerados

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 017-GADMLA-2024 de 01-febrero-2024

Aprobar el informe No. 04-CT-GADMLA-2024, de la Comisión de Terrenos, sobre Trámites de Escrituración de Predios considerados bienes mostrencos

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 018-GADMLA-2024 de 09-febrero-2024

Aprobar el acta de la sesión Ordinaria de Concejo No. 01-0-GADMLA-2024, del 26 de enero de 2024.; Aprobar el acta de la sesión Extraordinaria de Concejo No. 04-E-GADMLA-2024, del 01 de febrero de 2024

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 019-GADMLA-2024 de 09-febrero-2024

Aprobar el Informe No. 25-PSM-GADMLA-2024 y pueda ser puesto en conocimiento de las autoridades competentes para que continúen con el juicio de partición de bienes

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 020-GADMLA-2024 de 16-febrero-2024

Aprobar el Informe No. 01-CSPTMSC-GADMLA-2024, de la Comisión de Servicios Públicos, Transporte, Movilidad y Seguridad Ciudadana, sobre Autorizar la Reubicación de la Parada de la Compañía de Transporte de Taxis Amazónico de Santa Cecilia «TAXAMAZONICO S.A.”

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 021-GADMLA-2024 de 16-febrero-2024

Aprobar en Primer Debate la Ordenanza de Reconocimiento Legal y Celebración de Escrituras Públicas Individuales de los predios de la Lotización “Erasmo Rojas”, de la parroquia Nueva Loja; y, pase a la Comisión de Terrenos

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 022-GADMLA-2024 de 16-febrero-2024

Que se haga la suscripción del nuevo convenio para el abastecimiento de combustible y mantenimiento preventivo para la flota vehicular de la Empresa Pública Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Lago Agrio, EMAPALA EP

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 023-GADMLA-2024 de 16-febrero-2024

Aprobar el Informe No. 04-CLF-GADMLA-2024, de la Comisión de Legislación y Fiscalización, referente a la Aprobación del Proyecto de Ordenanza de Remisión de Intereses, Multas y Recargos Derivados de Obligaciones Tributarias, No Tributarias y de Servicios Básicos, Administrados por el Gobierno Municipal y la Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado – EMAPALA

RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nro. 024-GADMLA-2024 de 23-febrero-2024

Aprobar el Informe Financiero No. 004-SP-DF-GADMLA-2024, sobre Primera Reforma al Presupuesto del año 2024, mediante Suplemento de Crédito No. 01

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 020-GADMLA-2024 del 01-marzo-2024

RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN UNILATERAL DE LA ORDEN DE COMPRA NRO.- CE-20220002319504, PARA LA “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE COMPUTACIÓN, MUEBLES Y ENSERES PARA SER DONADOS AL COMANDO DE LA POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR, SUBZONA DE SUCUMBIOS”

ART. 1.- Declarar a la ASOCIACIÓN DE PRODUCCIÓN METALMECÁNICA AMAZONAS “APROTALZONAS”, representada legalmente por la señora Sara Nayely Grefa Carvajal, el con RUC: Nro.- 2290333353001, como PROVEEDOR INCUMPLIDO……..

ART. 2.- Disponer a la Secretaria General, proceda a notificar en físico y digital el contenido de la presente Resolución de Terminación Unilateral, a la ASOCIACIÓN DE PRODUCCIÓN METALMECÁNICA AMAZONAS “APROTALZONAS……

ART. 3.- Disponer a la Secretaria General, solicitar al Servicio Nacional de Contratación Pública, SERCOP, proceda a la suspensión en el RUP y se registre en el Registro de Incumplimientos a la ASOCIACIÓN DE PRODUCCIÓN METALMECÁNICA AMAZONAS “APROTALZONAS”………

ART. 4.- Disponer al Subdirector de la Tecnología Información y Comunicación del GADMLA, publique la presente Resolución en la página web del GADMLA, de conformidad a lo previsto en el Art. 98 de la LOSNCP.

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 028-GADMLA-2024 del 07-marzo-2024

RECTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nro.- 018 GADMLA-2024

RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA No. 106-2023, PARA LA ADQUISICIÓN DE INSUMOS QUÍMICOS POLICLORURO DE ALUMINIO, HIDRÓXIDO DE CALCIO PARA EL TRATAMIENTO DE LIXIVIADOS EN EL RELLENO SANITARIO DEL CANTÓN LAGO AGRIO
Art.- 1. Rectificar en la resolución administrativa Nro.- 018 GADMLA- 2024, lo siguiente:….

Art.- 2. Disponer a la Secretaria General, proceda a notificar en físico y digital el contenido de la presente Resolución rectificatoria a la señora Cindy Elizabeth Batallas González……

Art.- 3. Disponer a la Secretaria General, remita mediante oficio la presente Resolución rectificatoria al Servicio Nacional de Contratación Pública, (SERCOP)

Art.- 4. Disponer al Subdirector de la Tecnología Información y Comunicación del GADMLA, publique la presente Resolución en la página web del GADMLA, de conformidad a lo previsto en el Art. 98 de la LOSNCP

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 031-GADMLA-2024 del 25-marzo-2024

DERROGAR Y DEJAR SIN EFECTO DE LA RESOLUCIÓN DUP No. 005-GADMLA-2024.

Art. 1.- Acoger el Informe No. 093-PSM-GADMLA-2024, de fecha 26 de febrero de 2024, suscrito por el señor Procurador Síndico Municipal, ratificándose en el contenido del Informe No. 004-DAC-FT-GADMLA-2024, de fecha 22 de febrero de 2024, emitido por el Arquitecto Francisco Javier Sánchez, Director de Avalúos y Catastros, quien….

Art. 2.- Dejar sin efecto y sin valor alguno la Resolución DUP No. 005-GADMLA-2024, mediante la cual se Resolvió Declarar de Utilidad Pública con Fines de Expropiación y Ocupación Inmediata, un área de terreno de propiedad del señor Carlos Geovanny Cerón Bravo……

Art. 3.- Disponer que a través de Secretaria General del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lago Agrio, se proceda a Notificar con la presente Resolución al señor Carlos Geovanny Cerón Bravo, propietario del lote de terreno afectado; al señor Registrador de la Propiedad del cantón…..

Art. 4.- El bien raíz afectado, vuelva a su estado anterior de la Declaratoria de Utilidad Pública.

Art. 5.- Una vez que el bien vuelva a su estado anterior, se disponga a Procuraduría Sindica la elaboración de la Resolución Administrativa Declaratoria de Utilidad Pública con Fines de Expropiación y ……

Art. 6.- Publicar la presente Resolución en la página web del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Lago Agrio.

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RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 039-GADMLA-2024 del 10-mayo-2024

 

Art. 1.- Declarar la terminación anticipada y unilateral de la Orden de Compra efectuada mediante el sistema de Catálogo Electrónico N° CE- 20230002437620, generada el 29 de junio de 2023 y fecha de aceptación 30 de junio de 2023, entre la Asociación de Producción Textil Siraksumak Costura Elegante “ASOPROTEXMAK”, PARA LA “ADQUISICIÓN DE LA DOTACIÓN DE UNIFORMES E IMPLEMENTOS DE SEGURIDAD, PARA LOS MIEMBROS DE LA POLICÍA Y GUARDIA MUNICIPAL

Art. 2.- Declarar como contratista incumplido a la Asociación de Producción Textil Siraksumak Costura Elegante “ASOPROTEXMAK ”, con RUC número 2191738198001, representado legalmente por el señor Roberth Andrés Requelme………

Art. 3.- Disponer a Secretaria General, proceda a notificar en físico y vía correo electrónico, el contenido de la presente Resolución de Terminación Unilateral, al proveedor señor Roberth Andrés Requelme Buenaño, representante Legal…….

Art. 4.- Disponer a Secretaria General, de acuerdo a lo que señala el Art. 330 del Reglamento de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, solicitar al Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, proceda a la suspensión en el RUP y…….

Art. 5.- Disponer al Subdirector de la Tecnología Información y Comunicación del GADMLA, publique la presente Resolución en la página web del GADMLA, de conformidad a lo previsto en el Art. 98 de la LOSNCP

Art. 6.- Establecer como multa por incumpliendo del Objeto de la Orden de Compra Nro.- CE-20230002437620, la suma de…..

Art. 7.- Disponer que los fondos destinados a financiar esta adquisición, habiéndose cumplido con el proceso legal administrativo y no existiendo impedimento legal, se inicie………

Art. 8.- La presente Resolución de Terminación Unilateral entrará en vigencia a partir de la fecha de su expedición. Notifíquese.

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 045-GADMLA-2024 del 10-mayo-2024

 

Art. 1.- Declarar la terminación anticipada y unilateral de la Orden de Compra efectuada mediante el sistema de Catálogo Electrónico N° CE- 20230002437618, generada el 29 de junio de 2023 y fecha de aceptación 30 de junio de 2023, entre la Asociación de Producción Textil la Toquilla “ASOQUILLATEX” PARA LA “ADQUISICIÓN DE LA DOTACIÓN DE UNIFORMES E IMPLEMENTOS DE SEGURIDAD, PARA LOS MIEMBROS DE LA POLICÍA Y GUARDIA MUNICIPAL.……
Art. 2.- Declarar como contratista incumplido a la Asociación de Producción Textil la Toquilla “ASOQUILLATEX”, con RUC. Nro.- 2191739526001, representada legalmente por la señora Yetty Rossana Martínez Erraez…….

Art. 3.- Disponer a Secretaria General, proceda a notificar en físico y vía correo electrónico, el contenido de la presente Resolución de Terminación Unilateral…….

Art. 4.- Disponer a Secretaria General, de acuerdo a lo que señala el Art. 330 del Reglamento de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, solicitar al Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, proceda a la suspensión en el RUP y se registre en el Registro de Incumplimientos…….

Art. 5.- Disponer al Subdirector de la Tecnología Información y Comunicación del GADMLA, publique la presente Resolución en la página web del GADMLA, de conformidad a lo previsto en el Art. 98 de la LOSNCP

Art. 6.- Establecer como multa por incumpliendo del Objeto de la Orden de Compra Nro.- CE-20230002437618…….

Art. 7.- Disponer que los fondos destinados a financiar esta adquisición, habiéndose cumplido con el proceso legal administrativo y no existiendo impedimento legal……

Art. 8.- La presente Resolución de Terminación Unilateral entrará en vigencia a partir de la fecha de su expedición. Notifíquese.

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 063-GADMLA-2024 del 27-mayo-2024

Art. 1.- Acoger el Informe No. 128-PSM-GADMLA-2024, de fecha 25 de marzo de 2024, suscrito por el Procurador Síndico Municipal, que se ratifica en el contenido del Informe No. 004-DAC-FT-GADMLA-2024, de fecha 22 de febrero de 2024, emitido por el Arquitecto Francisco Javier Sánchez, Director de Avalúos y Catastros, quien dando respuesta al Memorando Nro. 030-DP-2024, de la Dirección de Planificación, donde se solicita que se haga llegar un Informe donde conste la nueva valoración del área de terreno afectado, de propiedad del señor Chesman Rojas Castillo; el Director de Avalúos y Catastros manifiesta que, por existir un error en el ingreso de los datos se debe considerar el nuevo avalúo para el cálculo de impuestos, por lo tanto el propietario del late de terreno debe cancelar la diferencia del impuesto predial rural de los años: 2022. 2023 y 2024, que estuvo pagando sin la edificación del establo del ganado. El valor del terreno de 1.082,38 metros cuadrados que es de $. 949,46, se debe añadir el valor de las edificación del establo de ganado que es de $. 6.825,54, dando un total a cancelar de USD. 7.775,00.

Art. 2.- Dejar sin efecto y sin valor alguno la Resolución DUP No. 052-GADMLA-2023, mediante la cual el suscrito en fecha 04 de diciembre de 2023, Resolvió Declarar de Utilidad Pública con Fines de Expropiación y Ocupación Inmediata, un área de terreno de propiedad del señor ROJAS CASTILLO CHESMAN, con clave catastral 2101500700885, ubicado junto a la Lotización Rosita Alvarado, de la ciudad de Nueva Loja, predio Nro. 885 del polígono Nro. 70; el área de terreno afectado tiene las siguientes medidas, linderos y dimensión: Norte: En 39,48 metros, con el predio No Catastrado o Registrado. Sur: En 39,45 metros, con el predio Nro. 2101500700885. Este: En 28,60 metros, con el predio Nro. 2101609169, Oeste: En 25,90 metros, con el predio Nro. 2101500541103. Dando una superficie total del predio a ser expropiado según levantamiento del Consultor de 1.082.38 metros cuadrados; área de terreno que será utilizada para la ejecución del Proyecto para la Construcción del Paso Lateral de la ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos.

Art. 3.- Disponer que a través de Secretaria General del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lago Agrio, se proceda a Notificar con la presente Resolución al señor Chesman Rojas Castillo, propietario del lote de terreno afectado; al señor Registrador de la Propiedad del cantón Lago Agrio, para que se sirva registrar la presente Resolución Administrativa Nro. 063-GADMLA-2024, que deroga y deja sin efecto la Resolución DUP No. 052-GADMLA-2023, Declaratoria de Utilidad Pública con Fines de Expropiación y Ocupación Inmediata, de fecha 04 de diciembre de 2023.

Art. 4.- El bien raíz afectado, vuelva a su estado anterior de la Declaratoria de Utilidad Pública.

Art. 5.- Una vez que el bien vuelva a su estado anterior, se disponga a la Dirección de Planificación, se organice el expediente para Declaratoria de Utilidad Pública con Fines de Expropiación y Ocupación Inmediata, de un área del lote de terreno de propiedad del señor Chesman Rojas Castillo, con clave catastral 2101500700855, con los nuevos valores que constan en el Informe Nro. 004-DAC-FT-GADMLA-2024, de fecha 19 de enero de 2024, suscrito por el Director de Avalúos y Catastros; así como también se autorice a la Dirección Financiera, emita la respectiva certificación de disponibilidad de recursos económicos para la aplicación de la declaratoria de utilidad pública con fines de expropiación, con los valores que constan en referido informe. De la misma manera se disponga a Procuraduría raduría Sindica la elaboración de una nueva Resolución Administrativa Declaratoria de Utilidad Pública con Fines de Expropiación y Ocupación Inmediata del área de terreno ya señalada, de propiedad del señor Chesman Rojas Castillo, con los últimos valores.

Art. 6.- Publicar la presente Resolución en la página web del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Lago Agrio.

Dado y firmado en el despacho de la Alcaldía del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Lago Agrio, el 27 de mayo de 2024. Comuníquese, publiquese y cúmplase

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 067-GADMLA-2024 del 05-junio-2024

Art. 1.- Acoger el Informe Nro. 220-GADMLA-SRUGS-EP-JU-2023, de fecha 21 de noviembre de 2023, suscrito por el Arquitecto Jacinto Ulloa, Especialista de Proyectos de la SRUGS, avalado por el Director de Planificación mediante Memorando Nro. 096- DP-2024, quien indica que, el Consultor del Proyecto: «Paso Lateral para la ciudad de Nueva Loja», presenta a esta municipalidad el referido proyecto, en el mes de julio de 2020, donde se señalaba que a la fecha, el predio 05, de la manzana 19, de la Lotización Israel, de la parroquia Santa Cecilia, no se encontraba subdividido, lote de terreno que anteriormente tenía la clave catastral 2101580311284, por lo tanto con estos datos se procede a elaborar el Informe Técnico Nro. 097-GADMLA-SRUGS-EP-JU-2023, sin considerar que la señora Flor María Jiménez López, con fecha 25 de febrero de 2021 procede a hacer aprobar la subdivisión de referido predio, que actualmente corresponde a los predios 15 y 05. Por lo dicho, refiere el Especialista de Proyectos de la SRUGS, que se deje sin efecto la Declaratoria de Utilidad Pública con Fines de Expropiación, del área de terreno de 38,09 metros cuadrados, de propiedad de la señora Flor María Jiménez, por cuanto el predio que le corresponde no se encuentra afectado por el Proyecto vial «Paso Lateral de la ciudad de Nueva Loja»; en definitiva recomienda que se deje sin efecto la Resolución DUP Nro. 031-GDMLA- 2023 de fecha 30 de octubre de 2023.

Art. 2.- Dejar sin efecto y sin valor alguno la Resolución DUP No. 031-GADMLA-2023, mediante la cual el señor Alcalde en fecha 30 de octubre de 2023, Resolvió declarar de Utilidad Pública con Fines de Expropiación y Ocupación Inmediata, un área de terreno de propiedad de la señora FLOR MARÍA JIMÉNEZ LÓPEZ, con clave catastral 210158100101900500000000, ubicado en la Lotización Israel, de la ciudad de Nueva Loja, predio Nro. 05, manzana Nro. 19; el área de terreno afectado tiene las siguientes medidas, linderos y superficie: Norte: En 0,00 metros, con el Predio Nro.2101580311233 o Predio 05. Sur: En 6,79 metros, con el Predio Nro. 2101580311219 o Predio 06. Este: En 14,35 metros, con Calle Principal de Ingreso a la Lotización Israel, Oeste: En 14,81 metros, con el Predio Nro.2101580311233. Dando una superficie total del predio a ser expropiado según levantamiento del Consultor de 38,09 metros cuadrados. Área de terreno que será utilizado para la ejecución del proyecto para la Construcción del Paso Lateral de la ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos».

Art. 3.- Disponer que a través de Secretaria General del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lago Agrio, se proceda a Notificar con la presente Resolución a la señora Flor María Jiménez López, propietaria del lote de terreno afectado; al señor Registrador de la Propiedad del cantón Lago Agrio, para que se sirva registrar la presente Resolución Administrativa Nro. 067-GADMLA-2024, que deroga y deja sin efecto la Resolución DUP No. 031-GADMLA-2023, Declaratoria de Utilidad Pública con Fines de Expropiación y Ocupación Inmediata, de fecha 30 de octubre de 2023.

Art. 4.- El bien raíz afectado, vuelva a su estado anterior de la Declaratoria de Utilidad Pública.

Art. 5.- Publicar la presente Resolución en la página web del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Lago Agrio.

Dado y firmado en el despacho de la Alcaldía del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Lago Agrio, el 05 de junio de 2024. Comuníquese, publíquese y cúmplase.

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 068-GADMLA-2024 del 12-mayo-2024

  1. Dar por terminado unilateralmente el Contrato de Arrendamiento, de fecha 05 de enero de 2023, suscrito entre el GAD Municipal de Lago Agrio y la señora Ismenia Josefina Jiménez Fuenmayor para arrendamiento del Local 44 de la Segunda Planta Alta del Centro Comercial Popular del cantón Lago Agrio, conforme el Informe No. 06-CMFLADC-GADMLA-2024, de fecha mayo 15 de 2024, suscrito por el Sr. Narciso Orellana, Concejal y Presidente de la Comisión de Mercados, Ferias Libres, Abastos y Defensa del Consumidor y el Sr. Aybar Aponte, Concejal-Integrante de la Comisión de Mercados, Ferias Libres, Abastos y Defensa del Consumidor, en el que luego del análisis de los documentos adjuntos de notificaciones e informes suscritos por el Administrador del CCP/CGLA y de la Directora de Servicios Públicos Municipales, recomiendan dar por terminado el contrato de arrendamiento, suscrito con la señora Ismenia Josefina Jiménez Fuenmayor.
  2. Disponer al Administrador del CCP/CGLA-GAD Municipal de Lago Agrio, efectuar la notificación a la señora Ismenia Josefina Jiménez Fuenmayor con la correspondiente Resolución del Acto Administrativo dictado por el señor Alcalde del GADMLA.
  3. Para la desocupación del Local 44 de la Segunda Planta Alta, en atención a lo dispuesto en el Art. 224 del COA, en caso de no existir interposición de Recurso de Apelación por parte de la señora Ismenia Josefina Jiménez Fuenmayor, se le concede el término de diez dias, a partir de la presente notificación de la Resolución del acto administrativo dictado por el señor Alcalde del Municipio.
  4. Solicitar a Jefatura de Rentas que en caso de incumplimiento de lo adeudado al GADMLA por concepto de canon de arrendamiento de la señora Ismenia Josefina Jiménez Fuenmayor, se proceda a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ordenanza Sustitutiva para el Ordenamiento, Organización, Funcionamiento y Control de las Actividades del Centro Comercial Popular del cantón Lago Agrio.
  5. El Administrador del Centro Comercial Popular, la Jefatura de Rentas, la directora de Servicios Públicos Municipales, la Dirección Financiera del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lago Agrio, en el ámbito de sus competencias se encargarán de cumplir con las presentes disposiciones.

6. Dispongo su publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lago Agrio.

 

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 067-GADMLA-2024 del 05-junio-2024

Art. 1.- Acoger el Informe Nro. 220-GADMLA-SRUGS-EP-JU-2023, de fecha 21 de noviembre de 2023, suscrito por el Arquitecto Jacinto Ulloa, Especialista de Proyectos de la SRUGS, avalado por el Director de Planificación mediante Memorando Nro. 096- DP-2024, quien indica que, el Consultor del Proyecto: «Paso Lateral para la ciudad de Nueva Loja», presenta a esta municipalidad el referido proyecto, en el mes de julio de 2020, donde se señalaba que a la fecha, el predio 05, de la manzana 19, de la Lotización Israel, de la parroquia Santa Cecilia, no se encontraba subdividido, lote de terreno que anteriormente tenía la clave catastral 2101580311284, por lo tanto con estos datos se procede a elaborar el Informe Técnico Nro. 097-GADMLA-SRUGS-EP-JU-2023, sin considerar que la señora Flor María Jiménez López, con fecha 25 de febrero de 2021 procede a hacer aprobar la subdivisión de referido predio, que actualmente corresponde a los predios 15 y 05. Por lo dicho, refiere el Especialista de Proyectos de la SRUGS, que se deje sin efecto la Declaratoria de Utilidad Pública con Fines de Expropiación, del área de terreno de 38,09 metros cuadrados, de propiedad de la señora Flor María Jiménez, por cuanto el predio que le corresponde no se encuentra afectado por el Proyecto vial «Paso Lateral de la ciudad de Nueva Loja»; en definitiva recomienda que se deje sin efecto la Resolución DUP Nro. 031-GDMLA- 2023 de fecha 30 de octubre de 2023.

Art. 2.- Dejar sin efecto y sin valor alguno la Resolución DUP No. 031-GADMLA-2023, mediante la cual el señor Alcalde en fecha 30 de octubre de 2023, Resolvió declarar de Utilidad Pública con Fines de Expropiación y Ocupación Inmediata, un área de terreno de propiedad de la señora FLOR MARÍA JIMÉNEZ LÓPEZ, con clave catastral 210158100101900500000000, ubicado en la Lotización Israel, de la ciudad de Nueva Loja, predio Nro. 05, manzana Nro. 19; el área de terreno afectado tiene las siguientes medidas, linderos y superficie: Norte: En 0,00 metros, con el Predio Nro.2101580311233 o Predio 05. Sur: En 6,79 metros, con el Predio Nro. 2101580311219 o Predio 06. Este: En 14,35 metros, con Calle Principal de Ingreso a la Lotización Israel, Oeste: En 14,81 metros, con el Predio Nro.2101580311233. Dando una superficie total del predio a ser expropiado según levantamiento del Consultor de 38,09 metros cuadrados. Área de terreno que será utilizado para la ejecución del proyecto para la Construcción del Paso Lateral de la ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos».

Art. 3.- Disponer que a través de Secretaria General del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lago Agrio, se proceda a Notificar con la presente Resolución a la señora Flor María Jiménez López, propietaria del lote de terreno afectado; al señor Registrador de la Propiedad del cantón Lago Agrio, para que se sirva registrar la presente Resolución Administrativa Nro. 067-GADMLA-2024, que deroga y deja sin efecto la Resolución DUP No. 031-GADMLA-2023, Declaratoria de Utilidad Pública con Fines de Expropiación y Ocupación Inmediata, de fecha 30 de octubre de 2023.

Art. 4.- El bien raíz afectado, vuelva a su estado anterior de la Declaratoria de Utilidad Pública.

Art. 5.- Publicar la presente Resolución en la página web del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Lago Agrio.

Dado y firmado en el despacho de la Alcaldía del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Lago Agrio, el 05 de junio de 2024. Comuníquese, publíquese y cúmplase.

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 068-GADMLA-2024 del 12-mayo-2024

  1. Dar por terminado unilateralmente el Contrato de Arrendamiento, de fecha 05 de enero de 2023, suscrito entre el GAD Municipal de Lago Agrio y la señora Ismenia Josefina Jiménez Fuenmayor para arrendamiento del Local 44 de la Segunda Planta Alta del Centro Comercial Popular del cantón Lago Agrio, conforme el Informe No. 06-CMFLADC-GADMLA-2024, de fecha mayo 15 de 2024, suscrito por el Sr. Narciso Orellana, Concejal y Presidente de la Comisión de Mercados, Ferias Libres, Abastos y Defensa del Consumidor y el Sr. Aybar Aponte, Concejal-Integrante de la Comisión de Mercados, Ferias Libres, Abastos y Defensa del Consumidor, en el que luego del análisis de los documentos adjuntos de notificaciones e informes suscritos por el Administrador del CCP/CGLA y de la Directora de Servicios Públicos Municipales, recomiendan dar por terminado el contrato de arrendamiento, suscrito con la señora Ismenia Josefina Jiménez Fuenmayor.
  2. Disponer al Administrador del CCP/CGLA-GAD Municipal de Lago Agrio, efectuar la notificación a la señora Ismenia Josefina Jiménez Fuenmayor con la correspondiente Resolución del Acto Administrativo dictado por el señor Alcalde del GADMLA.
  3. Para la desocupación del Local 44 de la Segunda Planta Alta, en atención a lo dispuesto en el Art. 224 del COA, en caso de no existir interposición de Recurso de Apelación por parte de la señora Ismenia Josefina Jiménez Fuenmayor, se le concede el término de diez dias, a partir de la presente notificación de la Resolución del acto administrativo dictado por el señor Alcalde del Municipio.
  4. Solicitar a Jefatura de Rentas que en caso de incumplimiento de lo adeudado al GADMLA por concepto de canon de arrendamiento de la señora Ismenia Josefina Jiménez Fuenmayor, se proceda a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ordenanza Sustitutiva para el Ordenamiento, Organización, Funcionamiento y Control de las Actividades del Centro Comercial Popular del cantón Lago Agrio.
  5. El Administrador del Centro Comercial Popular, la Jefatura de Rentas, la directora de Servicios Públicos Municipales, la Dirección Financiera del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lago Agrio, en el ámbito de sus competencias se encargarán de cumplir con las presentes disposiciones.

6. Dispongo su publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lago Agrio.

 

RESOLUCION ADMINISTRATIVA NRO. 115-GADMLA-2024 del 02-septiembre-2024

Art. 1.- Acoger el Informe Nro. 367-PSM-GADMLA-2024, de fecha 28 de agosto de 2024, suscrito por el Procurador Síndico Municipal, que se sustenta en el contenido del Informe Nro. 066-DAC-GADMLA-2024, de fecha 26 de agosto de 2024, emitido por el Arquitecto Francisco Sánchez, Director de Avalúos y Catastros, quien dando respuesta al Memorando Nro. 293-PSM-GADMLA-2024, de Procuraduría Síndica, donde se solicita que se haga llegar un Informe Técnico en el que conste si el predio que se pretende expropiar se encuentra a nombre del señor Kevin Alexander Morales Luzuriaga o a que persona pertenece dicho terreno. Refiere que el lote de terreno rural materia de la presente está signado con la clave catastral 2101500700370, ubicado en la parroquia Nueva Loja, con una superficie de 1.067,31 metros cuadrados, lote de terreno que fue vendido por los señores Silvia Rojas Castillo y Javier Mejía Salguero al señor Kevin Alexander Morales Luzuriaga, según Resolución Administrativa Nro. 064- GADMLA-2019 y el plano aprobado.

RESOLUCION ADMINISTRATIVA NRO. 114-GADMLA-2024 del 03-septiembre-2024

Art. 1.-Acoger el Informe Nro. 359-PSM-GADMLA-2024, de fecha 28 de agosto de 2024, suscrito por el Procurador Síndico Municipal Subrogante, que se sustenta en el Memorando Nro. 058-DP-2024, de fecha 20 de agosto de 2024, suscrito por el Director de Planificación del GADMLA, que acoge el Informe Nro. 155-GADMLA-SRUGS-EP­JU-2024, realizado por el Especialista de Proyectos de la SRUGS, quien dando contestación al Memorando Nro. 286-GADMLA-2024, de Procurador Síndica, manifiesta que el fraccionamiento KIARA ubicado en el kilómetro 7 de la vía Nueva Loja -Quito, de propiedad de los hermanos Andrés y Anita González Pampe, no se encuentra afectado
por el Proyecto Vial «Paso Lateral de la Ciudad de Nueva Loja», por lo tanto sugiere que es necesario Derogar la Resolución Administrativa DUP Nro. 010-GADMLA-2023 de fecha 29 de mayo de 2023.Art. 2.-Dejar sin efecto y sin valor alguno la Resolución DUP Nro. 01 0-GADMLA-2023, mediante la cual el suscrito en fecha 29 de mayo de 2023, Resolvió Declarar de Utilidad Pública con Fines de Expropiación y Ocupación Inmediata, un área de terreno de propiedad de Andrés González Pampe y Anita González Pampe, con clave catastral 2101580190600, ubicado en el kilómetro 6.5 de la vía Nueva Loja -Quito, margen izquierdo, de la parroquia santa Cecilia, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbías. El área de terreno afectado tiene las siguientes medidas, linderos y dimensión: Norte: En 78,565 metros, con la vía a Quito. Sur: En 6,32 metros, con el predio Nro. 2101580190597. Este: En 377,17 metros, con el predio Nro. 2101500541166. Oeste: En 299,51 metros, con el predio Nro. 2101580190600; en 107,225 metros, con el predio 2101580190600. Dando una superficie total del área de terreno a ser expropiado según levantamiento del Consultor, de 8.115,70 metros cuadrados. Área de terreno que será utilizado para la ejecución del proyecto «Construcción de Solución Vial para Construcción del Paso Lateral en la ciudad de Nueva Loja.

RESOLUCION ADMINISTRATIVA NRO. 112-GADMLA-2024 del 12-septiembre-2024

PRIMERO. – DECLARAR LA TERMINACIÓN POR MUTUO  ACUERDO ENTRE LAS  PARTES EL  CONTRATO DE  OBRA DE  MENOR CUANTÍA Nº  112-2023,    suscrito el  16 de  septiembre del  2022, entre el Gobierno Autónomo  Descentralizado Municipal del  Cantón  Lago Agrio    y  el  ING. CHALCO   REINOSO  CLEBER MANUEL,   el  Contrato de  Obra de  Menor Cuantía,   Nº   112-2022,   cuyo  objeto   es  el   «MEJORAMIENTO   DEL PASAJE     GONZANAMÁ,   UBICADO    EN     LA    PARROQUIA    NUEVA LOJA»,  por el  valor  de  USD   36,930.19,  el  plazo para  la  ejecución  es de  (60)    SESENTA  DIAS, contados   a   partir   de    la   notificación   del administrador del  contrato, respecto a la disponibilidad del  anticipo, en estricto apego a lo  determinado  en   el numeral 2  del  Art.   92  de  la Ley Orgánica    del     Sistema    Nacional    de     Contratación     Pública,     en concordancia con lo  determinado en el Art.   93  del  Cuerpo de  Ley  antes invocado,  en  la  Cláusula  Vigésima numeral  20.02,  del   Contrato  en mención; y,  en  el Informe  Nº  Nro.- 0993  D.0.P.M-JF-2024,  de fecha  06 de junio julio del  2024, suscrito por el Ing. Jorge Figueroa, Director de Gestión de Obras  Públicas – Administrador del  Contrato

RESOLUCION ADMINISTRATIVA NRO. 121-GADMLA-2024 del 23-septiembre-2024

Art. 1.- Acoger el Informe Nro. 368-PSM-GADMLA-2024, de Procuraduría Síndica Municipal, de fecha 30 de agosto de 2024, por medio del cual hace conocer al señor Alcalde, que mediante Resolución DUP Nro. 055-GADMLA-2023, de fecha 04 de diciembre de 2023, Resuelve Declarar de Utilidad Pública con Fines de Expropiación y Ocupación Inmediata, un área de terreno de propiedad de la señora Maura Yesenia Calderón Delgado; sin embargo de la revisión del expediente se tiene que a los copropietarios del lote de terreno signado con clave catastral 210150060906300200000000 no se les ha notificado. Por estas consideraciones realiza la siguiente recomendación»4.1.- De conformidad a lo prescrito en los artículos 103, 117, 118 y otros del Código Orgánico Administrativo, en concordancia con el artículo 60 del COOTAD, esta Procuraduría Síndica recomienda al señor Alcalde disponga a Procuraduría Síndica Municipal que prepare el Provecto de Revocatoria de la Resolución DUP Nro. 055-GADMLA-2023. de fecha 04 de diciembre de 2023 y se proceda con el trámite correspondiente».

Art. 2.- Dejar sin efecto y sin valor alguno la Resolución DUP Nro. 055-GADMLA-2023, mediante la cual el suscrito en fecha 04 de diciembre de 2023, Resolvió: «Art. 1.­Declarar de Utilidad Pública con Fines de Expropiación y de Ocupación Inmediata, el área de terreno de propiedad de la señora CALDERON DELGADO MAURA YESENIA, con clave catastral actual 21015006090630020000000, ubicado junto a la Lotización Flores del Oriente de la ciudad de Nueva Laja del Predio Nro. 02, Manzana Nro.63. El área de terreno afectado tiene /as siguientes medidas, linderos y dimensión: Norte: En 85,62 metros, con el Predio Nro. 02 de la Manzana Nro.63. Sur: En 86,33 metros, con el Predio Nro. 02 de la Manzana Nro.63. Este: En 11,98 metros, con la Lotización Flores del Oriente. Oeste: En 12,34 metros, con el Predio Nro.03 de la Manzana ·Nro.63.
Dando una superficie total del predio a ser expropiado según levantamiento del\ Consultor de 1.031,35 metros _cuadrados. Área de terreno que será utilizado para la ejecución de la construcción del Proyecto de Prolongación de la Calle Cofanes, desde el Barrio Nuevo Paraíso hasta la Av. Teófilo Zamora de la ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbías».

RESOLUCION ADMINISTRATIVA NRO. 126-GADMLA-2024 del 07-octubre-2024

Art. 1.- Acoger el Informe Nro. 402-PSM-GADMLA-2024, de fecha 23 de septiembre de 2024, suscrito por el Procurador Síndico Municipal, que manifiesta que si bien es verdad el GADMLA le correspondía expropiar un área de terreno de 951,53 metros cuadrados, sin embargo en forma errónea se incorpora al expediente un Certificado de Gravámenes de un lote de terreno de propiedad del mismo señor Julio Quintanilla Aguilar, ubicado en la Lotización Nueva Alianza, con una cabida de 730,80 metros cuadrados; cuando lo correcto era incorporar al proceso un certificado de gravámenes que haga relación a un lote de terreno de 18.255,28 metros cuadrados, signado con clave catastral 2101500700936, ubicado junto a la Lotización San Eduardo.
Art. 2.- Dejar sin efecto y sin valor alguno la Resolución DUP Nro. 043-GADMLA-2023, mediante la cual el suscrito en fecha 20 de noviembre de 2023, Resolvió: «Art. 1.­Declarar de Utilidad Pública con Fines de Expropiación y de Ocupación Inmediata, el área de terreno de propiedad del señor QUINTANILLA AGUILAR JULIO ROBERTO, con clave catastral 2101500700936, ubicado junto a la lotización San Eduardo, de la ciudad de Nueva Laja del Predio No.936 del Polígono No.070. El área de terreno afectado tiene las siguientes medidas, linderos y dimensión: Norte: En 97,75 metros, con el predio Nro.2101609954. Sur: En 97,89 metros, con el predio Nro. 2101500700936. Este: En 8,62 metros, con el predio Nro. 2101609954. Oeste: En 10,83 metros, con el predio Nro. 2101500700935. Dando una superficie total del predio a ser expropiado según levantamiento del Consultor es de 951,53 metros cuadrados. Área de terreno que será utilizado para la ejecución del proyecto para la Construcción del Paso Lateral de la ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbías».

RESOLUCION ADMINISTRATIVA NRO. 133-GADMLA-2024 del 07-octubre-2024

Art. 1.-Acoger el Informe Nro. 401-PSM-GADMLA-2024, de fecha 27 de septiembre de 2024, suscrito por el Procurador Síndico Municipal, que manifiesta que, si bien es verdad que las Direcciones de Avalúos y Catastros y Planificación dan contestación al requerimiento del señor Juan Pereira Jaramillo de que se realice un nuevo avalúo, en el sentido de que no es procedente lo solicitado por el peticionario; sin embargo a pesar de aquello, la Dirección de Avalúo y Catastros a través de su Informe Nro. 076-DAC-FT-GADMLA-2024, da respuesta al Memorando Nro. 330-PSM-GADMLA-2024, de Procuraduría Síndica, de fecha 19 de septiembre de 2024, que solicita haga llegar el avalúo actual del terreno de los hermanos Pereira Jaramillo, refiere que, ha existido un error en la toma de datos, tanto de las dimensiones del predio como de las construcciones, por lo que realiza la corrección en el sistema QGIS, por tanto existe una nueva valoración, por lo tanto el bien raíz se tiene que está catastrado en USD. 75.059,64, (valor que consta en el Certificado Catastral que adjunta al Informe antes referido). En consecuencia el valor anterior de $. 66.279,92 que fue con el que se hizo la Resolución DUP Nro. 012-GADMLA-2024 de fecha 20 de mayo de 2024, difiere del valor actual que es de USO. 75.059,64, corresponde entonces realizar la revocatoria de la Resolución antes referida.

Art. 2.-Dejar sin efecto y sin valor alguno la Resolución DUP Nro. 012-GADMLA-2024, mediante la cual el suscrito con fecha 20 de mayo de 2024, Resolvió: «Art. 1.-Declarar de Utilidad Pública con Fines de Expropiación y de Ocupación Inmediata, el predio de propiedad de los señores: PEREIRA CARRIÓN SEGUNDO HERIBERTO Y JARAMILLO FEIJOO YOLANDA MARÍA, con clave catastral 210150010800900500000000, ubicado en el barrio 9 de octubre, calle 10 de agosto, entre las calles Manabí y 12 de febrero, de esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbías. El lote de terreno afectado tiene las siguientes medidas, linderos y dimensión: Norte: En 16, 15 metros, con el predio 18. Sur: En 16, 15 metros, con la calle 1 O de agosto. Este: En 39, 58 metros, con los predios 02, 03 y 04. Oeste: En 39, 70 metros, con el predio 06, dando un área total de 639,98 m2. Lote de terreno que será utilizado por la Fiscalía de Sucumbías, para que se destine para parqueadero de usuarios, personas con discapacidad, ingreso y salida de vehículos de Centros de Rehabilitación Social del país, Policía Nacional y Vehículos de Emergencia».

RESOLUCION ADMINISTRATIVA NRO. 134-GADMLA-2024 10-octubre-2024 

Art. 1.- Acoger el Informe Nro. 380-PSM-GADMLA-2024, de fecha 16 de septiembre de 2024, suscrito por el Procurador Síndico Municipal, que manifiesta en lo principal que, al expediente para realizar la expropiación del lote de terreno del señor Raúl Humberto Quintanilla Aguilar, que consistía en la expropiación de un área de terreno de 1.402,82 metros cuadrados, se incorpora un certificado de gravámenes que tiene una cabida de 866,05 metros cuadrados, cuando lo correcto era incorporar el certificado de la propiedad de fecha 14 de agosto de 2024, que tiene una cabida de 8.815,88 metros cuadrados. Así también según Informe Nro. 036-DAC-FT-GADMLA-2024, de fecha 11 de junio de 2024, realizado por la Dirección de Avalúes y Catastros, indica que el valor a cancelar es de USD. 1.599,22 y que se debe Derogar la Resolución DUP Nro. 040-GADMLA-2023 de fecha 20 de noviembre de 2023; este valor a cancelar difiere del monto que fija el Informe Nro. 0106-DAC-2023, realizado por la Dirección de Avalúos y Catastros, de fecha 22 de agosto de 2023, que asciende a USO. 251,88.

RESOLUCION ADMINISTRATIVA NRO. 133-GADMLA-2024 del 07-octubre-2024

Art. 1.-Acoger el Informe Nro. 412-PSM-GADMLA-2024, de fecha 27 de septiembre de 2024, suscrito por el Procurador Síndico Municipal, que acoge el Informe Nro. 166- GADMLA-SRUGS-EP-JU-2024, de fecha 2 de septiembre de 2024, realizado por el Arquitecto Jacinto Ulloa, Especialista de Proyectos de la SRUGS, avalado por el Director de Planificación; que en lo principal refiere que, se sugiere a Procuraduría Síndica que para proseguir con el proceso expropiatorio de los 460,53 metros cuadrados de terreno, de propiedad de la señora Bélgica Quintanilla Aguilar, se lo haga reemplazando los certificados de gravámenes que se emitieron anteriores al Nro. 11942-2024 de fecha 30 de agosto de 2024 (es decir el certificado de gravámenes cuya cabida del lote de terreno es de 7.500,31 metros cuadrados). Resulta lógico lo manifestado por el Arquitecto Jacinto Ulloa, Especialista de Proyectos, por cuanto del lote de terreno de 7.500,31 metros cuadrados si se puede desmembrar los 460,53 metros cuadrados que resultan afectados, no así del lote de terreno cuyo certificado de gravámenes se incorpora por error al expediente y que su cabida es de 402,62 metros cuadrados.

 

RESOLUCION ADMINISTRATIVA NRO. 142-GADMLA-2024 del 11-noviembre-2024

Art. 1.- Acoger el Informe Nro. 409-PSM-GADMLA-2024, de fecha 5 de noviembre de 2024, suscrito por el Procurador Síndico Municipal, que acoge el Informe Nro. 080-DAC­FT-GADMLA-2024, de fecha 24 de octubre de 2024, realizado por el Arquitecto Francisco Sánchez, Director de Avalúas y Catastros; que en lo principal refiere que, existe un error de tipeo en el cuadro del avalúo que constaba en el Informe Nro. 047- DAC-FT-GADMLA-2024, el área de 4.920,47 m2, cuando loa superficie correcta es de 4.929,47 m2, y por lo tanto, el avalúo real es de USO. 887,30.

RESOLUCION ADMINISTRATIVA NRO. 143-GADMLA-2024 del 11-noviembre-2024

Art. 1.- Acoger el Informe Nro. 470-PSM-GADMLA-2024, de fecha 29 de octubre de 2024, suscrito por el Procurador Síndico Municipal, que acoge el Informe Nro. 079-DAC­FT-GADMLA-2024, de fecha 24 de octubre de 2024, realizado por el Arquitecto Francisco Sánchez, Director de Avalúes y Catastros; que en lo principal refiere que, se realizó el nuevo avalúo, sin embargo se cometió un error al tomar el área para el avalúo, del área útil del predio que es de 1.921,33 m2, cuando el área de afectación es de 2.646,82 m2. Indica que se debe aclarar que e! estudio del Consultor fue del año 2020, cuando era predio rural, pero con la aprobación de la Nueva Ordenanza de la Delimitación Urbana, aprobada el 1 Q y 15 de diciembre de 2022, le corresponde la Nueva Clave Catastral 210150080609700500000000, por lo tanto cambia la valoración. Corresponde entonces al propietario del lote de terreno, en base al nuevo avalúo cancelar la diferencia del impuesto predial rural al avalúo urbano, de los años 2023 y 2024. Por consiguiente el nuevo avalúo del predio asciende al valor de DIECISIETE MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO DOLARES NORTEAMERICANOS CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS (USO. 17.325,92); corresponde entonces realizar el trámite para derogar y dejar sin efecto la Resolución DUP Nro. 025-GADMLA-2024 de fecha 18 de junio de 2024.